Presentación | Los derechos del niño | Sub-grupo para el Consejo de Derechos Humanos | Información sobre la participación de las ONGs | La estructura del nuevo Consejo de Derechos Humanos | La transición de la Comisión al Consejo de DDHH | Sesiones anteriores | Lista de contactos
Presentación
En junio de 2006, el Consejo de Derechos Humanos reemplazó a la Comisión de Derechos Humanos, convirtiéndose en el organismo de la ONU responsable de vigilar y proteger los derechos y las libertades fundamentales de todas las personas.
El Consejo de Derechos Humanos (Consejo de DDHH) fue creado el 15 de Marzo del 2006 mediante la Resolución A/Res/60/251 emitida por la Asamblea General. La primera sesión del Consejo de Derechos Humanos se llevó a cabo entre el 19 y el 30 de Junio en el Palacio de las Naciones en Ginebra, Suiza. Por su parte, la Comisión de Derechos Humanos fue formalmente abolida el día 16 de Junio del 2006.
El nuevo Consejo de DDHH trae consigo una serie de expectativas. El Consejo se creó con la esperanza que éste ayudaría a superar algunos problemas crecientes asociados con la Comisión. Se espera ante todo que el Consejo de DDHH sea más objetivo y eficiente al denunciar violaciones contra los derechos humanos que ocurren alrededor del mundo.
En esta sección encontrará información general sobre la anterior Comisión de los Derechos Humanos; una reseña histórica acerca de la participación de las ONGs en la Comisión y algunos antecedentes sobre la creación del nuevo Consejo de DDHH.
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Los derechos del niño
Tradicionalmente, los derechos del niño eran tratados dentro del punto 13 de la agenda de la Comisión de los Derechos Humanos, aunque en algunas ocasiones también fueron discutidos como parte de otros puntos de la agenda.
Cada año la Comisión de Derechos Humanos adoptaba una "Resolución Omnibus" sobre los derechos del niño. Esta resolución comenzó como una combinación de resoluciones independientes que atendían diferentes aspectos de los derechos del niño propuestos por diversos países. Entre los temas tratados por dichas resoluciones se encuentran la situación de niños y niñas que viven o trabajan en la calle, de aquellos y aquellas afectados por los conflictos armados, y la explotación sexual comercial de niños y niñas.
Conscientes de la "proliferación" de un gran número de resoluciones sobre los derechos del niño, en 1994 la Comisión decidió reunir todos los temas en una única “Resolución omnibus”. Si bien el propósito inicial fue elaborar un texto breve y conciso, nuevos temas siguieron emergiendo y la resolución continuo ampliándose.
La Resolución Omnibus fue finalmente adoptada por consenso durante la 58° Sesión y fue co-auspiciada por 104 países. Pese a que el texto se mantiene extenso, el lenguaje que ahora se utiliza es más categórico y armónico con la Convención sobre los Derechos del Niño. Por ejemplo, la Resolución contiene ahora aspectos que han sido impulsados por las ONGs tales como: el nombramiento de un experto independiente para la realización de un Estudio sobre la Violencia contra Niños; la estipulación que la ' Convención sobre las Derechos del Niño [..] y otros instrumentos pertinentes a los derechos humanos deben constituir el estándar en la promoción y la protección de los derechos del niño '; y un llamado a los Estados para 'abolir por ley cuanto antes posible la pena de muerte para las personas que tienen menos de 18 años en el momento de cometer su delito’.
Lea la Resolución Omnibus de los Derechos del Niño 2005 [E/CN.4/2005/L.96]
Llamada para la acción de ONGs ante el Consejo
En april de 2006, el Grupo de ONGs por la Convención sobre los Derechos del Niño, el Sub-grupo sobre el Consejo de Derechos Humanos presentaron una llamada para la acción a todos los Representantes Permanentes a las Naciones Unidas en Ginebra y urgieron al Consejo de Derechos Humanos a que realicen acciones acerca de cuatro cuestiones relacionadas específicamente con la niñez: violencia contra la niñez – la venta de niños y niñas, la prostitución y pornografía infantiles – niños y niñas y el conflicto armado y desplazamiento – niños y niñas en conflicto con la ley.
Mientras estén conscientes de la necesidad de integrar los derechos del niño al sistema de derechos humanos completo, varios ONGs creen que los niños y niñas tienen necesidades específicas y preocupaciones que requieren la adopción de un enfoque explícito basado en los derechos humanos de parte del Consejo. Urgieron además al Consejo de Derechos Humanos que asegure la participación significativa de los ONGs que trabajan por los derechos humanos y otras instituciones de derechos humanasen el trabajo del Consejo incluyendo consultaciones durante la revisión universal periódica.
Leer la llamada para la acción [en inglés]
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Sub-grupo para el Consejo de Derechos Humanos
El Sub-grupo para el Consejo de DDHH , del Grupo de ONGs para la Convención por los Derechos del Niño, reune a las ONGs que desean promover los derechos de niñas y niños ante el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas.
Hasta el momento, el propósito principal del Sub-grupo ha sido garantizar que la Comisión por los Derechos Humanos aborde los derechos particulares de los niños y las situaciones que los afectan dentro de sus sesiones regulares donde discute temas vinculados a los derechos humanos. Al incluir dichos temas de niñez en las Resoluciones de la Comisión, la comunidad de ONGs ha asegurado un mayor coherencia y compromiso entre la política internacional y las realidades locales que afectan el cumplimiento de los derechos de niñas y niños.
El Sub-grupo se mostró muy activo durante las discusiones alrededor de la creación de un Consejo de DDHH y también durante las consultas realizadas para la primera sesión de dicho Consejo. Produjo un llamado a la acción en Mayo 2006, apelando al Consejo de DDHH a tomar medidas frente a cuatro asuntos relacionados a los derechos de los niños y niñas: la violencia contra niños y niñas – la venta de niños y niñas, la explotación sexual comercial y pornografía infantil– niños y niñas en conflictos armados y desplazamientos forzados – niños y niñas en conflicto con la ley.
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Información sobre la participación de las ONGs
De acuerdo con la Resolución 60/251, la participación de las ONGs en el Consejo de DDHH se basa en los acuerdos y prácticas observadas por la Comisión de Derechos Humanos, incluyendo la resolución 1996/31 del Consejo Económico y Social (ECOSOC).
Acreditación
Las ONGs que disponen de un Estatus Consultivo con el ECOSOC y que deseen acreditar representantes para la primera sesión del Consejo de DDHH deberán enviar sus solicitudes a la Secretaría del Consejo: con atención a Srta. Kate Hardie: tel: + 41 (0) 22 917 1525; fax: + 41 (09 22 917 0494.
Testimonios o Reportes de las ONGs
Conforme a los acuerdos y prácticas observadas por la Comisión de Derechos Humanos, las ONGs que disponen de un Estatus Consultivo con el ECOSOC pueden presentar sus testimonios por escrito al Consejo de DDHH siempre que éstos sean relevantes para los trabajos del Consejo (conforme a los párrafos 36 y 37 de la resolución 1996/31 del ECOSOC).
Los testimonios por escrito de las ONGs deberán ser enviados por vía electrónica a hrcngo@ohchr.org. Guía para las ONGs para presentar sus testimonios escritos.
Eventos simultáneos de las ONGs
Conforme a los acuerdos y practicas examinadas por la Comisión de Derechos Humanos, las ONGs pueden organizar eventos simultáneos siempre que éstos sean relevantes para el trabajo del Consejo de DDHH. En base a experiencias previas, ninguna actividad puede ser programada de manera simultánea al Segmento de Alto Nivel. (Formulario para reservar salón).
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La estructura del nuevo Consejo de Derechos Humanos
El Consejo de Derechos Humanos (Consejo de DDHH) fue creado el 15 de Marzo del 2006 mediante la Resolución A/Res/60/251 emitida por la Asamblea General. Algunos cambios incluyen:
- Elecciones: los miembros del Consejo de DDHH deben ser elegidos por mayoría absoluta y por los compromisos que éstos tengan por los derechos humanos. Con ello, la membresía permanente queda totalmente rechazada;
- Suspensión de la membresía: los miembros del Consejo que cometieran violaciones contra los derechos humanos de manera sistemática podrían ser suspendidos siempre que al menos dos tercios de la Asamblea General vote a favour de esta medida;
- Examen universal: el desempeño de todos los Estados Miembros de las Naciones Unidas en relación con sus compromisos en materia de derechos humanos sera constantemente evaluado por parte de los otros Estados. Este examen entre países contribuiría a evitar la politización y selectividad que caracterizaron el sistema de la Comisión.
- Sesiones: El Consejo celebrará tres sesiones por año (10 semanas), con la posibilidad de celebrar sesiones extraordinarias al serlo solicitado por un miembro del Consejo con el apoyo de un tercio del Consejo.
La Comisión de Derechos Humanos celebró su última reunión en una sesión de tres horas el 27 de marzo de 2006, y adoptó una resolución para pasar todo su trabajo al Consejo de Derechos Humanos. Leer la Declaración de ONGs en la última sesión de la Comisión de Derechos Humanos (269 ONGs incluyendo CRIN).
El 9 de mayo, se eligieron los 47 miembros del Consejo de Derechos Humanos. Los Estados Unidos, que votaron en contra de la resolución del Consejo, no remitieron su candidatura, insatisfecho del hecho de que las nuevas modalidades para integrarse todavía permiten ser elegidos al Consejo aquellos Estados que vulneran los derechos humanos. Ver membresía actual del Consejo de Derechos Humanos.
La primera sesión se celebró del 19 al 30 de junio de 2006 y se centró en cuestiones de procedimiento.
Para mayor información acerca de los cambios entre la Comisión y el Consejo haga click aqui
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La transición de la Comisión al Consejo de DDHH
La Comisión de Derechos Humanos
La CDH estaba integrada por 53 Estados Partes y se reunían anualmente en Marzo y Abril en una sesión de seis semanas en Ginebra. Más de 3.000 delegados de los Estados miembros de las Naciones Unidas y representantes de organizaciones no gubernamentales participaban en dichas sesiones. Durante el período ordinario de sesiones anuales, la Comisión solía aprobar alrededor de un centenar de resoluciones, decisiones y declaraciones de la Presidencia sobre temas de interés común entre las regiones. La CDH recibía el apoyo de la Subcomisión de Promoción y Protección de los Derechos Humanos, de varios grupos de trabajo, de la red de expertos, y de los representantes y relatores que presentaban informes sobre temas específicos.
La Resolución establece que la creación del Consejo de Derechos Humanos constituye una importante mejora en el trabajo de promoción y defensa de los derechos humanos a nivel mundial debido que contempla lo siguiente:
- Una "Evaluación Periodica Universal" que garantiza que el historial de cada uno de los 191 Estados Miembro de las Naciones Unidas, comenzando por los miembros del Consejo mismo, sean evaluados constantemente con el propósito de mejorar las condiciones de los derechos humanos en todo el mundo. Todos los Estados deberán rendir cuentas por sus deficiencias o metas no cumplidas.
- El Consejo podrá coordinar un número mayor de reuniones durante el año y por periodos más prolongados que la Comisión. También contará con un sistema más simple y efectivo para convocar sesiones especiales con el objetivo de responder rápidamente a las crisis relacionadas a asuntos de derechos humanos.
- Al ser elegido directamente por la Asamblea General, el Consejo refleja el mayor nivel de importancia que se está dando a los derechos humanos como un asunto que involucra a todas las personas y que, junto con temas de seguridad y desarrollo, consitituye uno de los tres pilares de las Naciones Unidas.
- Cualquier miembro del Consejo que cometa violaciones contra los derechos humanos de manera sistemática podría ser suspendido siempre que dos tercios de la Asamblea General vote a favor de esta medida;
- La primera elección de los miembros del Consejo llevada a cabo el 9 de Mayo constituye una primera señal que nuevo consejo no es simplemente un negocio más. Los países compitieron por un lugar en el Consejo de manera abierta y justa, y, por primera vez, los candidatos presentaron solicitudes y comentarios de manera voluntaria con el fin de promover los derechos humanos frente a los cuales deberán rendir respectivas cuentas.
Informacion adicional
Documentos relacionados a la creación del Consejo de Derechos Humanos (en inglés)
- GA Resolution 60/251 establishing the Human Rights Council (April 2006)
- 2005 World Summit Outcome(Octobubre de 2005)
- Secretary General's report "In Larger Freedom" (March 2005)
- Report of the High-Level Panel on Threats, Challenges and Change (December 2004)
Comentarios de las ONGs acerca del Consejo de Derchos Humanos (en inglés):
- Human Rights Council: No More Business as Usual , por Human Rights Watch
- A New Chapter for Human Rights: a Handbook on issues of transition from the Commission on Human Rights to the Human Rights Council, by ISHR
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Lista de contactos
Si desea obtener mayor información sobre el Consejo de DDHH, sirvase contactar a:
La Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derehos Humanos, OACDH,
8-14 Avenue de la Paix, 1211 Ginebra 10, Suiza.
Tel: +41 22 917 9000; Fax: +41 22 917 9016
Pagina web: http://www.ohchr.org/english/bodies/chr
Para mayor información sobre la participacion de las ONGs, sirvase contactar:
Srta. Laura Dolci-Kanaan
OHCHR’s NGO Liaison Officer
Email: ldolci-kanaan@ohchr.org
Tel: +41 22 917 9656
Para mayor información sobre el Sub-groupo para el Consejo de Derechos Humanos, contacta a:
Cecile Trochu, co-Convenor
Organización Mundial contra la Tortura
Email: ct@omct.org
Visite: http://www.crin.org/docs/resources/publications/NGOCRC/subgroup-CHR.asp
o Jennifer Grant, co-Convenor
Save the Children UK
Email: J.Grant@savethechildren.org.uk
Visite: http://www.crin.org/docs/resources/publications/NGOCRC/subgroup-CHR.asp
Para otra información, contacta a:
Child Rights Information Network (CRIN)
c/o Save the Children, 1 St. John’s Lane, London EC1M 4AR, UK
Tel: +44 (0)20 7012 6867; Fax: +44 (0)20 7012 6963
Email: info@crin.org
Sitio web: http://www.crin.org/HRC



